¿Qué es un concurso de acreedores y cómo evitar responsabilidad del administrador de la empresa?

Si tu empresa atraviesa dificultades económicas, probablemente creas que el concurso de acreedores es la última e inevitable opción que acabará poniendo fin a tu negocio. Y, aunque es cierto que son muchas las empresas que han acabado cesando su actividad tras concurso, debes saber que es un medio y una posible solución para garantizar la viabilidad y continuidad de tu actividad.

En este artículo escrito por uno de nuestros abogados concursales repasamos en qué consiste el concurso de acreedores y cómo el preconcurso y el concurso voluntario pueden ser la clave para solucionar la situación financiera de tu empresa.

 

¿Cómo proceder ante la aparición del Covid 19 y los posibles concursos de acreedores?

Ahora mismo ésta cuestión se encuentra en un verdadero punto de inflexión para todos los asesores de empresa, y los motivos son varios. En primer lugar, porque no sabemos cuál será la fecha en la que se levantará el estado de alarma, y en segundo lugar, porque no sabemos en qué situación nos encontraremos la actividad profesional una vez se incorpore todo el mundo a sus habituales puestos de trabajo y analicemos los gastos.

Aunque a lo largo del artículo te damos información de lo que es un concurso de acreedores y las posibles responsabilidades de los administradores, si que nos gustaría adelantar otras opciones de carácter extrajudicial con el objetivo de solventar cualquier tipo de bache empresarial anterior a la solicitud del concurso, como pudieran ser:

En estos complejos momentos, la dirección de esta firma nos ponemos a vuestra disposición para cualquier aclaración que preciséis.

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Concurso y preconcurso de acreedores, ¿qué significan?

El concurso de acreedores es un procedimiento jurídico cuyo fin es el de solventar los problemas económicos de una empresa ante la falta de liquidez, asegurando el cobro por parte de los acreedores y ayudando a evitar la quiebra del negocio.

El concurso puede aplicarse tanto a empresas, autónomos, incluso si eres un particular. Su resolución se deja en manos de un juez y está regulado por la Ley 22/2003 del 9 de julio.

El deudor deberá solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia.

La solicitud del concurso de acreedores podrá hacerse en aquellos casos en los que la empresa no pueda afrontar sus deudas y no se prevea una solución temprana al respecto. Tras demostrar esta situación de insolvencia ante un juzgado mercantil, un juez decidirá si aprueba o no la solicitud.

Si el juez acepta la entrada en concurso de acreedores, ésta se hace pública a través del Boletín Oficial del Estado (BOE) y se abre un plazo para que los acreedores presenten en el juzgado la relación de deudas que tienen contraídas con la empresa en cuestión.

Seguidamente, el juez establece las deudas que se admiten y las que no. Además, el juez debe nombrar a un administrador, que será el encargado de negociar la deuda con los acreedores.

 

En cuanto al preconcurso, se trata, tal vez, de la mejor opción, pues permite demorar durante más tiempo la solicitud oficial de concurso. Así, las empresas pueden aprovechar este margen para negociar con los acreedores y estudiar la forma de levantar su negocio sin pasar por concurso.

Son muchas las empresas que logran salir de la situación de concurso y vuelven a tener una actividad normal, así que, si tienes problemas por insolvencia, no descartes esta posibilidad como opción para no perder el negocio que con tanto esfuerzo has construido.

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¿Qué es un acreedor?

El acreedor es la persona o empresa a la que el deudor debe dinero. Excepto cuando el concurso de acreedores sea voluntario y solicitado por la parte insolvente, tendrá que hacerlo alguno de los acreedores, ya que uno de los fines de este procedimiento es que reciban lo que les corresponde.

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¿Qué es un concurso de acreedores voluntario?

Existen dos tipos de concurso de acreedores: el forzoso o necesario y el voluntario. El primero, se da cuando el concurso es consecuencia de la solicitud de un acreedor o socio de la empresa. Por su parte, un concurso voluntario supone, como su nombre indica, que es la propia empresa la que requiere el procedimiento como mejor vía cuando no pueda hacer frente a sus deudas.

Incluso si aún no se ha llegado a la situación de insolvencia, es una buena vía para evitar llegar a impagos con los acreedores si se prevé que pueda ser inminente.

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¿Qué plazos hay para presentar un concurso de acreedores?

Se establece una obligación de presentar esta solicitud de concurso en el plazo de dos meses desde que se tiene conocimiento de la situación de insolvencia.

Si una empresa no presenta concurso voluntario en ese plazo, queda expuesta a penas de multa o imputaciones penales.

La solicitud debe presentarse por escrito ante un juzgado mercantil, indicando la fecha de inicio de esta situación financiera y si es real o inminente.

No obstante, existe una excepción en caso de que sea preconcurso de acreedores. Si se opta por esta vía, la empresa cuenta con un plazo de tres meses más para mejorar su situación y no está obligada a presentar concurso. Seguidamente y, en caso de no lograrse esta mejora, la empresa cuenta con otro mes más para solicitar el concurso de acreedores que, sumado a los anteriores, daría un total de seis meses de margen para, con suerte, evitar ir a concurso.

¿Qué significa que una empresa esté en quiebra técnica?

Cuando hablamos de quiebra técnica, nos referimos a aquella situación en la que una empresa va a incumplir o está incumpliendo con sus obligaciones financieras, al no poder hacer frente a sus deudas. Es técnica y no oficial cuando aún no se ha solicitado la protección de la ley, en este caso el concurso de acreedores. Es decir, la quiebra no ha sido declarada por los tribunales.

 

¿Dónde puedo ver la declaración de concurso de empresas?

Una vez el juez examina una solicitud, dicta un auto de declaración de concurso de acreedores, que se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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¿Existe responsabilidad del administrador ante insolvencia punible?

La insolvencia es una situación en la que una empresa no puede cumplir con sus obligaciones financieras. Este hecho puede ser considerado como delito cuando la empresa o la persona en su nombre, actúan de forma consciente y voluntaria en detrimento de sus acreedores.

La insolvencia punible está contemplada en el Código Penal en el artículo 260.1, que castiga al deudor declarado en concurso a la pena de dos a seis años y multa de ocho a veinticuatro meses.

Para ello, es necesario que la insolvencia haya sido declarada judicialmente y que se haya probado causa intencionada por parte del empresario o administrador que, actuando de forma consciente, ha causado o agravado la situación de insolvencia de la empresa en concurso de acreedores.

No debes olvidar, además, que es responsabilidad del administrador solicitar el concurso cuando estime que la empresa no va a poder hacer frente a sus deudas.

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