NUEVAS AYUDAS PARA PERSONAS DESEMPLEADAS DE LARGA DURACIÓN. LA BÚSQUEDA ACTIVA DE EMPLEO

¿Qué es el Programa de Activación para el Empleo?¿En qué consiste? ¿Qué se considera búsqueda activa de empleo?

El Programa de Activación para el Empleo, se trata de un proyecto de carácter temporal, consistente en actuaciones de intermediación laboral gestionadas por los Servicios Públicos de Empleo, con la finalidad de incrementar las posibilidades para el desempleado de larga duración de poder incorporarse  nuevamente al mercado laboral. Las solicitudes de incorporación al programa  deberán ser presentadas por las personas desempleadas, entre el 15 de enero de 2015 y el 15 de abril de 2016, ante Servicios Públicos de Empleo.

Los beneficiarios recibirán una ayuda económica con las siguientes características:

  • Ayuda consistente en el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples Mensual vigente en cada momento (IPREM)*, es decir, del indicador de referencia (en sustitución del Salario Mínimo Interprofesional) para la concesión de ayudas, becas, subvenciones o el subsidio de desempleo entre otros.

         *  Año: 2015; IPREM Mensual 532,51 €; IPREM anual (12 pagas):6.390,13 €;  IPREM Anual (14 pagas): 7.455,14 €.

  • Duración de seis meses.
  • La ayuda económica se producirá desde el día siguiente al transcurso del plazo de un mes a contar desde el día de la presentación de la solicitud de incorporación al programa,por el Servicio Público de Empleo Estatal.

Un requisito es acreditar ante el Servicio Público de Empleo Estatal que se hayan realizado al menos tresbúsquedas activas de empleo(BAE), durante el plazo de un mes a partir de la solicitud, que deberán de acreditarse dentro de los diez días hábiles siguientes al transcurso del citado plazo de un mes.

El Real Decreto de referencia considera actuaciones de BAE las siguientes:

a) Trabajo por cuenta propia o ajena.

b) Envío o presentación de currículos en, al menos, tres empresas distintas.

c) Realización de, al menos, una entrevista de trabajo.

d) Inscripción en, al menos, una agencia de colocación.

e) Inscripción como solicitante de empleo en, al menos, dos portales de empleo públicos o privados.

f) Presentación, al menos, a una oferta de trabajo gestionada por los Servicios Públicos de Empleo.

g) Cualesquiera otras ofertadas por los Servicios Públicos de Empleo y específicamente acciones formativas o acciones de información y actuaciones dirigidas al autoempleo y emprendimiento.

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