Ser谩n deducibles los siguientes gastos, cuando vengan exigidos por el desarrollo de la actividad, siempre que queden convenientemente justificados y registrados en los libros registro.
Citando algunos ejemplos, se帽alamos:
- Asistencia a聽cursos de reciclaje聽o formaci贸n profesional
- Suscripci贸n a聽revistas y publicaciones, as铆 como los de asistencia a cursos en otros pa铆ses.
- Gastos por relaciones p煤blicas.
- Viajes profesionales que no sean excesivos o desmesurados.
- Gastos por comidas en poblaciones diferentes a la profesional que sea necesaria para desplazarse para realizar su trabajo.
- Gastos de combustible si se demuestra su afectaci贸n a la actividad profesional.
- Cuotas de Renting.
- Indemnizaciones por despido que el contribuyente est谩 obligado a satisfacer a sus empleados.
- Para aquellos que sean arquitectos o aparejadores, aquellos gastos posteriores al cese por posibles defectos en las obras que han intervenido.
- Las cuotas colegiales de car谩cter obligatorio, siempre y cuando financien exclusivamente servicios que presta el Colegio.Ej, Colegio de Abogados.
- Etc.