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Donaciones de dinero en Madrid y Préstamo entre particulares sin intereses para pagar el Impuesto

La donación de dinero consiste en entregar una cantidad económica a otra persona que no se va a devolver, es decir, se cede libremente y de forma desinteresada. En España las donaciones se encuentran reguladas por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuya gestión está cedida a las distintas Comunidades Autónomas. De esta forma, cada una de ellas puede regular el porcentaje que se debe pagar, además se pueden regular ciertas bonificaciones o incluso exenciones para casos particulares.

Ya son muchas las donaciones de dinero de padres a hijos realizadas y en las que hemos podido gestionar casos de : España, Argentina, Italia, Bolivia, Perú, EE.UU, Republica Checa, Rusia, Francia, UK, Brasil, etc.

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Donación de dinero en la Comunidad de Madrid

Hay que tener en cuenta que a la hora de donar dinero es determinante el grado de parentesco que exista entre donante, quien entrega el dinero, y donatario, quien lo recibe. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid las donaciones entre padres e hijos casi no tienen coste. De hecho, están bonificadas en un 99% en el ámbito familiar, es decir entre padres, hijos, cónyuges y parejas de hecho. El 1% restante se mantiene como mero control tributario.

En la actualidad, las donaciones de dinero de padres a hijos en la Comunidad de Madrid están bonificadas a un 100% si es para adquirir vivienda habitual, por lo que será mejor que comentes tu caso con nuestros abogados experto en donaciones.

Eso sí hay que cumplir tres requisitos:

  • La donación ha de realizarse en documento público.
  • Cuando se trate de una donación en metálico o de un depósito en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo, será necesario justificar el origen de los fondos, con reseña en el documento público en que se formalice la transmisión.
  • No olvidar que en la escritura del notario debe de recogerse el destino de esa donación de dinero. Por ejemplo, la adquisición de vivienda.
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¿A partir de qué cantidad se considera una donación?

Hay muchas personas que piensan que para hablar de donación debe existir una cantidad mínima, sin embargo no es así. Se considera donación todo tipo de cesión monetaria, con independencia de su cuantía.

Debemos aclarar al lector que, no hay ninguna disposición en la Ley ni Reglamentos en los que se indique que el recibir una determinada cantidad de dinero no se considere donación.

Se ha hablado en muchas ocasiones que el recibir una donación de 3.000€ no se pagaría a Hacienda, y eso no es cierto. Habría que declarar como donación esa transmisión.

De hecho, si le das 100 euros a tu hijo para que pueda hacer la compra la última semana del mes, es una donación y en teoría tendría que declararse. Aunque lo cierto es que se suele utilizar el sentido común y se declaran cantidades más elevadas.

Otra cuestión muy solicitada por los lectores es conocer si hay una cantidad mínima de dinero exenta para declarar las donaciones, y la respuesta es afirmativa, pero dependiendo de la comunidad autónoma en la que nos encontremos tendrá unas bonificaciones u otras por lo que tendremos que acudir a normativa en cesión de tributos para contrastarlo.

¿Se considera donación el prestar dinero de padres a hijos o entre hermanos?

Una donación encubierta es aquella que se hace, pero que se presenta como un préstamo. Se realiza esta práctica para pagar menos impuestos, ya que la donación está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y el préstamo se encuentra exento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y también del de Actos Jurídicos Documentados.

La aparición de un préstamo entre familiares que no consta causa, ni firma o plazo de devolución, ni se fijan intereses ni reclamación por impago en años…podemos estar ante una posible donación encubierta.

 

Es preciso plasmar el préstamo familiar, o entre particulares, en un contrato privado ante notario, debe constar en el documento el importe del préstamo, el nombre de las personas implicadas y el tipo de interés que se aplica.

Por lo tanto, hay que tener cuidado, ya que o se dona o se presta, ya sea entre familiares o no. Ten en cuenta que si Hacienda descubre que ha existido una donación encubierta te sancionará, además tendrás que pagar una multa y los impuestos pendientes.

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¿Cómo justificar una donación de dinero?

Aquí encontramos las siguientes maneras:

  • Certificados de los movimientos en los que se detalle la cuenta bancaria de origen, la de destino, así como el movimiento de dinero.
  • La escritura pública realizada ante notario.
  • Su liquidación y registro.

Hemos encontrado casos de clientes en los que no realizando este tipo de trámites han estado sujetos a procedimientos de comprobación y pueden dar lugar a importantes sanciones, todo ello sin hacer referencia a la pérdida de las importantes bonificaciones.

¿Hay que ir al notario para hacer una donación de dinero?

Efectivamente. Tendrás que ir al notario si vas a dar o recibir una donación con independencia de la cantidad que quieras donar.

Este caso sería aplicar a tramitar una donación no un préstamo entre particulares ya que en este supuesto, bastaría un contrato privado e inscribir en el Registro de la Comunidad oportuna.

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¿Cómo se hace un préstamo entre particulares?

Es necesario que tengas claro que la diferencia entre un préstamo y una donación, es que en el primer caso existe el compromiso de devolver el dinero que ha sido prestado, mientras que una donación no se devuelve.

El préstamo de dinero entre particulares, con independencia de que sea gratuito o con intereses, está exento pero estás obligado a presentar la autoliquidación por la constitución del préstamo.

Como decíamos en el apartado anterior a la hora de hacer un préstamo entre familiares, o  particulares, hay que redactar un contrato privado que se debe firmar ante notario. Se deben establecer los plazos, los intereses y la cantidad prestada.

Es muy importante que se respete los plazos firmados, ya que si Hacienda detecta que no es así, entenderá que se ha realizado una donación y actuará en consecuencia. Lo mejor es que los pagos se realicen por medio del banco para poder justificarlos.

¿Qué requisitos debo de cumplir para hacer una donación en vida ante notario?

Una de las opciones que eligen las familias para ahorrarse dinero al recibir una herencia es la donación en vida. Más allá del tema legal y burocrático, hay que pensar muy bien esta posibilidad, puesto que en algunos casos ha creado graves conflictos en el seno de la familia.

Hay que tener en cuenta que no se puede recibir en este tipo de donaciones una cantidad mayor que la correspondería recibir en herencia. Además, no se debe pasar por alto que las donaciones es necesario que se otorguen mediante escritura pública ante notario. De esta forma tendrá validez ante terceros.

¿En una donación de efectivo a un hijo se hace la entrega (transferencia bancaria) antes o después de formalizar la escritura pública?.

Ésta cuestión se nos ha planteado en más de una ocasión por los clientes. Uno de los requisitos para formalizar la donación es que se recoja mediante escritura pública.

En citado documento se detalla, entre otros aspectos, la persona que dona el dinero y la que lo recibe, así como el justificante de la operación donde aparece el número de cuenta corriente desde donde ha salido la cantidad de dinero que se quiere donar, y el número de cuenta corriente de la persona que lo recibe.

En resumen, resolvemos que debe de hacerse antes de formalizar la escritura pública, y no debe de superar el plazo de treinta días para comparecer ante notario y liquidar el impuesto de donaciones.

Es importante que si tienes la intención de hacer este trámite, o cualquier otro de los que hemos visto, cuentes con asesoramiento profesional de abogados especialistas en donaciones para estar seguro de que estás realizando todas las gestiones de manera legal.

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