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Requisitos y trámites para un divorcio express por notaria.

El divorcio express o divorcio por notaria es la solución más rápida, ágil y eficaz que pueden encontrar aquellas personas que están pensando en tramitar su divorcio.

Será necesario no tener hijos menores y siempre acompañado/a por vuestro abogado, abogada de confianza.

Según el último informe del Centro de Investigación de Estadística del Notariado publicado en julio de 2023, aunque los de acuerdos previos al matrimonio superan con creces los registros, los divorcios y separaciones ante notario suponen un 40% de los actos que han inscrito tras la entrada de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.

¿Hablamos?

Si necesitas que nuestros abogados/as analicen tu caso, y la viabilidad que tiene tu asunto, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. 


En Madrid y en Cataluña son donde más registros se inscriben relacionados con divorcios y separaciones.

En este sentido, hemos querido recoger los principales requisitos y trámites para tener éxito en el divorcio ante notario, pero también resolver las principales dudas que los clientes tienen para hacer frente a un momento muy importante en la vida.

Uno de los propósitos en 2024 por parte de nuestras abogadas especialistas en divorcios es seguir fomentando la mediación entre abogados/as para que en casos donde no haya hijos menores, se ponga todo el esfuerzo en formalizar todo, evitando judicializar los casos.  

Tabla de contenidos

DIVORCIO NOTARIAL EN ESPAÑA.

¿QUÉ ES EL DIVORCIO NOTARIAL O EXPRESS?

El divorcio exprés es una forma de proceder ante el deseo de separación de ambas partes.

Este permite una mayor agilidad, pues es posible solicitar el divorcio exprés sin especificar el motivo, y solamente cumpliendo varios requisitos.

El divorcio exprés es una vía de separación rápida y sin problemas.

En los últimos años, tras el considerable aumento de los divorcios, se han creado determinados trámites para el divorcio exprés que a continuación indicaremos.

El Notario está facultado por la Reforma Legal de la Ley de Jurisdicción Voluntaria para intervenir y formalizar escritura de divorcio de mutuo acuerdo mediante la formulación de convenio regulador, pasando a enumerar y analizar los requisitos previos, simultáneos y posteriores a la intervención notarial en este asunto del divorcio.

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REQUISITOS DIVORCIO NOTARIAL:

PRIMERO.- Divorcio express: hijos.

Ante el divorcio de mutuo acuerdo sin hijos menores no emancipados o con capacidad modificada judicialmente que dependan de los cónyuges que pretenden el divorcio.

La Ley no menciona si este requisito, respecto de los citados hijos, se refiere exclusivamente a hijos comunes o también a hijos de uno solo de los cónyuges.

Quizás, por precaución,  sea no autorizar la escritura si existen hijos sólo de un cónyuge en las circunstancias que prevé el precepto legal, o sea, que convivan y dependan de ellos.

SEGUNDO.- Plazos divorcio notarial.

Que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.

No será preciso el transcurso de dicho plazo para la interposición de la demanda cuando se acredite la existencia de un riesgo “para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonioâ€.

Ello sugiere no sólo que la convivencia con el otro cónyuge es la causante del riesgo, sino que el cónyuge resulta ser un agresor físico o moral.

En cualquier caso, no debería cerrarse radicalmente la posibilidad de la dispensa del plazo aunque el riesgo no provenga necesariamente de la conducta del otro cónyuge, pues puede darse el caso de que se hubiera contraído una enfermedad que entrañe riesgo para la vida del otro cónyuge o de los demás miembros de la familia.

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No obstante, en el divorcio ante Notario es requisito, sine qua non, que hayan transcurrido los tres meses citados desde la celebración del matrimonio, aunque no debemos dejar de lado que no es infrecuente el caso de los cónyuges que de vuelta de la luna de miel (ocho, diez o quince días) lo haga cada uno con su equipaje al domicilio de sus respectivos progenitores.

TERCERO.- Ley aplicable divorcio express.

Que la Ley aplicable al divorcio en cuestión (sea matrimonio civil o religioso) sea la ley española, según el cual “la separación y el divorcio legal se regirán por las normas de la Unión Europea o españolas de Derecho Internacional Privadoâ€).

CUARTO.- Convenio regulador divorcio de muto acuerdo.

Que los cónyuges presenten, para su protocolización en la escritura, el convenio regulador de divorcio a que se refiere el Código Civil, que establecen los requisitos sobre el régimen en caso de existencia de hijos menores o con capacidad modificada judicialmente, con arreglo al acuerdo de separación de los mismos, y a los que siempre deberán ser aplicables los requisitos del convenio regulador, así como la constancia de la voluntad firme e inequívoca de los cónyuges de divorciarse:

convenio regulador divorcio

Recomendamos la lectura «lo que no sabes de la pensión compensatoria«.

El Notario examinará los acuerdos del contenido convenio regulador y, si,  alguno acuerdos pudiera ser dañoso o gravemente perjudicial, lo advertirá a los otorgantes y dará por terminado el expediente.

En este caso, los cónyuges sólo podrán acudir ante el Juez para la aprobación de la propuesta de convenio regulador.

QUINTO.-  ¿Dónde hacemos el divorcio notarial de mutuo acuerdo?

El Notario competente para autorizar la escritura de divorcio de mutuo acuerdo, a elección de los interesados, puede ser:

a.- El Notario correspondiente al lugar del último domicilio común de los cónyuges.

b.- El Notario correspondiente al lugar del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los cónyuges.

Aunque los funcionarios diplomáticos o consulares tienen atribuidas competencias notariales en el país donde radique la Embajada o el Consulado Español en el extranjero, no podrán autorizar la escritura pública de divorcio.

 

SEXTO.- ¿Tengo que ir obligatoriamente a la firma en la notaria?

Los cónyuges deberán intervenir en el otorgamiento de la escritura pública de “modo personalâ€, para formalizar este acuerdo de separación.

Parece quedar vedada la posibilidad de actuar o intervenir por medio de representante que actúe en nombre de uno u otro cónyuge, y parece no contemplar la posibilidad de otorgar un poder especial, tal como el que para contraer matrimonio sí admite el Código Civil, poder especial y específico en el que constaran sin lugar a dudas los datos del otro cónyuge y referido al contenido concreto de las medidas contenidas en el convenio regulador; considerando alguna parte de la doctrina que, incluso, cabría el mandato verbal y la ratificación posterior.

Quizás esta última posibilidad no parece demasiado seria ni concuerda claramente con lo que dispone el precepto legal antedicho, lo que podría conducir a eternizar el divorcio en espera de la ratificación del cónyuge representado verbalmente.

SOBRE LOS HIJOS MAYORES O MENORES EMANCIPADOS:

Para éste tipo de divorcio rápido, si hay hijos mayores o menores emancipados deberán prestar su consentimiento respecto de las medidas en el convenio regulador que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar.

En este caso, la Ley no exige la comparecencia personal de los hijos afectados, por lo que podrían ser, claramente y sin objeción, representados por un apoderado, salvando, en su caso, la, a veces, indeseada comparecencia personal de los mismos a este acto.

¿Es obligatorio el consentimiento de los hijos para el divorcio notarial? 

Una interpretación literal del Código Civil, podría llevarnos a entender que la prestación del consentimiento por parte de los citados hijos es esencial, por lo que sin dicho consentimiento no habría divorcio.

No obstante, una interpretación sistemática de la nueva regulación que tenga en cuenta lo dispuesto en el Código Civil, nos permite concluir que dicho consentimiento no resultaría esencial, por lo que simplemente no habría aprobación del Convenio Regulador, quedando el divorcio a expensas de la aprobación de aquél en Sede Judicial.

Recomendamos la lectura de nuestro articulo >>»curiosidades de la separación matrimonial con hijos«.

Parece que, en cualquier caso, el Notario deberá emitir un juicio o dictamen acerca de las medidas que del convenio regulador afecten a los citados hijos que carezcan de ingresos propios y convivan en el domicilio familiar.

Es este un requisito subjetivo que el Notario deberá resolver en cada caso concreto y decidir si accede o no al otorgamiento de la escritura, advirtiendo esta circunstancia a los otorgantes y dando por terminado el expediente, en cuyo caso los cónyuges sólo podrán acudir ante el Juez para la aprobación de la propuesta de convenio regulador, sin el cual no puede haber divorcio, aunque el Juez no podrá entrar en el divorcio propiamente dicho, que se ha formalizado ya ante Notario.

Es este un punto un tanto oscuro en tanto en cuanto los hijos mayores de edad o menores emancipados que se vean afectados y perjudicados por el contenido del convenio regulador podrían convertirse en jueces del divorcio de sus propios padres.

En principio, parece un contrasentido dejando a la voluntad de terceros la eficacia de un negocio que afecta esencial y directamente a dos personas, cuales son los cónyuges y progenitores, dejando también sin resolver la cuestión de la existencia de hijos mayores de edad o menores emancipados afectados de uno solo de los cónyuges.

La práctica y las decisiones judiciales al respecto marcarán la interpretación y la pauta en este tema que no está aclarado en la reforma legal del Código Civil. 

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¿Es necesario contratar un abogado?

En todo caso, los cónyuges deben estar asistidos por Letrado en ejercicio, prestando su consentimiento ante Notario.

Deberán acreditar ante el Notario su condición de abogado ejerciente y puede ser un abogado común a ambos cónyuges o que cada cónyuge comparezca asistido por el suyo propio.

El divorcio ante notario es el divorcio express de un «día para otro»

TRÃMITES DIVORCIO NOTARIAL.

Debe aportarse al Notario, con carácter previo al otorgamiento de la escritura (que este es el medio en que ha de formalizarse) la siguiente documentación para el divorcio:

a.- Identidad de los cónyuges y, en su caso, la de los hijos mayores o menores emancipados cuyo consentimiento sea necesario.

b.- La que acredite la celebración del matrimonio y su inscripción en el Registro Civil.

c.- La de la inexistencia de hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente y la declaración de que la esposa no se haya encinta.

d.- La que acredite su domicilio a los efectos de determinar la competencia del Notario.

e.- La que acredite la identidad y el carácter ejerciente del letrado o letrados que asistan a los cónyuges.

Documentación para divorciarse de mutuo acuerdo en la notaria.

Sea cual sea la modalidad del tipo de divorcio, tendremos que ir preparando la siguiente documentación ORIGINAL:

  • DNI de los conyugues e hijos mayores de edad/emancipados.
  • Libro de familia.
  • Certificado de inscripción de matrimonio.
  • Certificado de empadronamiento (del último lugar donde se ha vivido en matrimonio).
  • Convenio regulador. 

¿Cómo termina el divorcio notarial?

Con la autorización de la escritura pública por parte del Notario, declarando el divorcio de mutuo acuerdo del matrimonio, que valga la redundancia, los cónyuges de mutuo acuerdo lo solicitaron ante el mismo.

Se pone fin a todo el proceso, procediendo a la expedición de las copias correspondientes, una para cada uno de los cónyuges y otra para el Registro Civil competente, remitiendo esta última a dicho Registro en el mismo día o al siguiente hábil y por medios electrónicos, aun cuando este procedimiento no está aún operativo y procedería la remisión de la copia para el Registro Civil personalmente por el propio Notario o uno de sus empleados, por medio de mensajero o por correo certificado con acuse de recibo.

La duración del proceso hasta el otorgamiento de la escritura dependerá del tiempo que tarden los cónyuges en formalizar el Convenio Regulador.

Una vez puestos a disposición del Notario, los datos y documentos , el otorgamiento de dicha escritura puede llevarse a efecto en el plazo de entre dos o tres días o, incluso, horas. Por tanto, bien podríamos calificar al divorcio ante Notario cómo rápido o  “Super-Expressâ€

 ¿Qué efectos tiene el divorcio notarial?

Con la autorización de la escritura ante Notario y desde la fecha de la misma se producirán los siguientes efectos:

a.- El matrimonio queda disuelto.

b.- Queda suspendida la vida en común de los casados y cesará la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

c.- Se extingue el régimen económico matrimonial con la consiguiente liquidación, en su caso, del mismo.

d.- Los efectos respecto a terceros de buena fe no se producirán sino desde la fecha de la inscripción de la citada escritura en el Registro Civil competente.

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«Quiero una asesoría para lo del divorcio expres».

Aprovechamos algunas cuestiones interesantes que nos habéis estado planteando durante este tiempo y que confiamos que puedan ayudaros a resolver vuestras situación.

Interesados en tramitar divorcio exprés de mutuo acuerdo, sin hijos. Residimos en el extranjero pero el matrimonio se efectuó y se registró en Madrid.

Como hemos comentado a lo largo del texto, uno de los criterios fundamentales para determinar en qué lugar se puede tramitar un divorcio exprés es el último domicilio donde el matrimonio ha convivido.

En el caso de que el matrimonio se efectuase en España y no se tengan hijos, se podrá tramitar el divorcio exprés de mutuo acuerdo. La cuestión controvertida, y que ha sido frecuentemente planteada por los clientes es qué ocurre cuando resides en el extranjero? Para hacerlo de mutuo acuerdo en la notaria tendrás que acudir presencialmente a la notaria del último lugar donde habéis residido.

Por lo tanto, residiendo en el extranjero, estudiaría otras opciones como consulado/embajada.

Soluciones eficaces en clave legal.

Para los que quieren que su asunto sea analizado de manera personalizada y encontrar diferentes escenarios para resolverlo. 

Queremos divorciarnos de manera rápida ya que tengo la intención de casarme de nuevo. Ambos estamos de acuerdo, no tenemos hijos ni bienes en común. Solo estamos empadronados en el mismo domicilio. Mi pregunta es ¿Cuánto tiempo se tardaría en divorciarse? y, ¿cómo y a dónde ir para ello. Con un abogado seria más fácil y rápido?

Para tramitar el divorcio ante notario no solo ir con abogado es más fácil y rápido, sino que además es obligatorio que esté presente como “testigo†del acto de divorcio.

Una de las grandes ventajas que tiene este tipo de divorcio es la enorme rapidez. En cuestión de días podrás tener tu escritura de divorcio.

Trabajamos en Madrid y Barcelona con notarias de confianza y que están familiarizadas con estos trámites por lo que solo tendrías que estar el día y la hora que te indiquemos.

¿Deseo el divorcio de mi pareja, pero el problema es que no se su paradero actual.

En este caso tenemos el problema de que hay que estar presentes, por lo que no podremos hacer el divorcio ante notario.

La solución será iniciar los trámites de divorcio pero por vía judicial. Es un proceso que los plazos se disparan si lo comparamos con un divorcio exprés, ya que el propio juzgado tendrá que agotar todas las vías de notificar la demanda y sentencia de divorcio.

Es posible la separación express, o simplemente separación . y cuál es la diferencia con el divorcio en general.

Para no hacer demasiado amplio este artículo, te remitimos a un artículo que publicamos hace un tiempo en el que en concreto tratamos la diferencia entre separación y divorcio, por lo que te invitamos a que puedas entrar en el enlace indicado para tener más detalles.

A grandes rasgos podríamos resumir que la separación no rompe el vínculo matrimonial pero el divorcio si, pudiéndose obtener por sentencia y en este caso por escritura notarial produciendo efectos desde que se firma.

Un divorcio rápido es resultado de la voluntad del matrimonio en lograr un mutuo acuerdo.

A modo de conclusiones y siendo suficientes los expedientes tramitados de divorcio notarial o de mutuo acuerdo ante notario, nos quedamos con la rapidez en que se tramitan los mismos, y todo ello se debe al enorme esfuerzo que hacen los cónyuges para dar ese paso definitivo a su relación matrimonial.

Normalmente, nos encontramos casos en los que la relación es inexistente y, por las causas que fueren, deciden formalizar esa situación.

No podemos negar que en algunos casos hemos visto un cierto silencio que pesa, pero lo cierto es que una vez nos encontramos ante notario, podemos decir que es firmar la escritura de divorcio y dar por cerrada esa experiencia, todo ello mientras se tramita ante Registro.

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  C. Utrero

Estoy muy agradecida a Luis Enrique ya Ana, gracias a ellos después de una lucha de dos años en mi divorcio, todo salió bien. Volvería a recurrir a ellos en cualquier otro caso por su dedicación, familiaridad y su profesionalidad. Gracias sois un gran equipo

Opiniones Garón Abogados / Leer opiniones

No vamos a negar que ha sido un gran acierto esta medida, por lo que te recomendamos que contactes con nuestras abogadas especialistas en divorcios para mediar en los acuerdos que sean necesarios para formalizar vuestro deseo de resolver de manera amistosa vuestro matrimonio. 

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