Cuestionarte si el despido es procedente o improcedente cuando has recibido una carta para el cese de la relación laboral es una las dudas más frecuentes que los abogados laboralistas intentamos aclarar a los clientes tras analizar la información y documentos que nos facilitan.
Por este motivo, este artÃculo te será de gran ayuda si estás buscando información sobre el despido procedente, sus causas, su indemnización y el derecho a paro, entre otras, ya que analizaremos en profundidad este concepto para que puedas resolver todas tus dudas e incertidumbres antes de tomar la decisión de contratar a un abogado.
Me han despedido y creo que ha sido injusto...¿Te suena? Cuéntanos tu situación y nos encargaremos de reclamar tus derechos para que tu despido sea legal.
¿Cuándo un despido es procedente?
Un despido procedente es un despido lÃcito que no atenta contra ningún derecho del trabajador ni contra el Estatuto de los Trabajadores.
El despido procedente es un despido legal y amparado por la Ley, si se dan determinadas causas.
Para considerarse como tal, el despido deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Cuando se trate de un despido por causas objetivas, el número de trabajadores despedidos no podrá superar el lÃmite marcado en el despido colectivo.
En caso de despido colectivo, además, será necesario un perÃodo de consultas.
- El despido deberá ser notificado tanto al trabajador como a sus representantes quince dÃas antes de su ejecución, siempre que se trate de causas objetivas.
- Si fuera un despido disciplinario, será necesaria una justificación de despido.
- El empresario deberá formular y entregar al trabajador una carta de despido en la que se argumenten los motivos por los que se ha determinado el despido.
- Asimismo, el empresario ha de otorgar al trabajador el finiquito, que es la liquidación final obligatoria, y, en su caso, la indemnización correspondiente.
Si un despido es procedente o improcedente lo decide el juez y no la empresa al entregar la carta de despido.
¿Qué indemnización corresponde por despido procedente?
Partimos de la base de que un despido procedente no tiene derecho a indemnización, salvo un determinado caso.
Tras un despido procedente, el empresario está obligado a conceder una indemnización al trabajador siempre y cuando sea un despido colectivo o por causas objetivas.
La indemnización en este tipo de casos será de veinte dÃas por año trabajado, durante un plazo máximo de doce meses.
Causas para que un despido pueda ser procedente
Las causas de despido que se incluyen en el despido procedente se encuentran tipificadas en el artÃculo 54 del Estatuto de los Trabajadores.
El punto en común de todas estas causas es que están amparadas por la ley, es decir, el despido atiende a motivos justificados. Las causas más frecuentes son:
- Faltas de asistencia o de puntualidad, repetidas e injustificadas.
- Desobediencia o indisciplina en el trabajo.
- Ofensas verbales o fÃsicas al empresario, asà como al resto de trabajadores de la empresa o a cualquiera de sus familiares.
- Disminución del rendimiento en el trabajo, normal o pactado, de forma persistente y voluntaria.
- El quebrantamiento o violación de la buena fe contractual.
- Un estado de embriaguez o toxicomanÃa habitual que tiene consecuencias negativas para el rendimiento de la empresa y del trabajador.
- El acoso por parte del trabajador por motivos raciales o étnicos, religión, discapacidad, edad y orientación sexual, asà como el acoso sexual al empresario o al resto de trabajadores de la empresa.
Cuando se cumpla una o varias de estas premisas, el empresario tendrá derecho a formular un despido procedente, amparándose legalmente en este artÃculo del E.T. para hacerlo.
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Muchas veces nos encontramos con clientes que en el momento de entregar la carta de despido por parte de la empresas les indican que es un despido improcedente, y aquà viene nuestra reflexión:
Si la empresa cree que es improcedente, ¿no serÃa lógico que lo especifiquen?
Este caso es muy frecuente, tanto que en muchas ocasiones se nos ha informado de que la propia empresa pone a sus abogados a su disposición para que puedan prepararle la correspondiente papeleta de conciliación.
Hay que tener mucho cuidado en este extremo ya que podrÃa considerarse como un despido pactado y eso es un fraude a la  Seguridad Social.  Â
Por detallar algún caso podrÃamos indicar la intención de pretender camuflar los salarios adeudados como indemnización por despido y asà se ahorran las consabidas cotizaciones, retenciones y declaraciones como rendimientos de trabajo…¡Cuidado con eso!
Un despido pactado puede tener muchos problemas, también fiscales.
¿Quién dice si el despido es improcedente o procedente?
La diferencia principal entre el despido procedente e improcedente es que, en este último, el empresario quebranta los requisitos legales establecidos por el E.T. y la decisión de despido no está sujeta a causas legales.
Una vez que el empresario anuncia el despido, por alguna de las causas que hemos mencionado, el trabajador tiene la posibilidad de recurrir dicho despido.
Si decide recurrir el despido ante la sala de lo social, deberá hacerlo en un plazo máximo de veinte dÃas desde la notificación de despido.
En este caso, será el Juez correspondiente quien determine si el despido es procedente, es decir, si los motivos del despido son válidos y están justificados, o si se trata de un despido improcedente.
Para esta decisión, será necesario recurrir a la carta de despido formulada por el empresario, en la que se argumentan las causas por las que se ejecuta el despido.
Si el Juez sentencia que se trata de un despido improcedente, el empresario estará obligado a concederle una indemnización por despido, o readmitirle en la empresa.
Contar con un abogado especialista en este tema te será de gran ayuda para poder analizar tu caso en particular y recurrir el despido.
Es importante que sepas que en muchos casos, la empresa suele reconocer que es un despido improcedente en el acto de conciliación en el SMAC-CMAC.
Preguntas frecuentes sobre despido procedente.
La excusa del despido fue bajo rendimiento...¿Te suena? Cuéntanos tu situación y nos encargaremos de reclamar tus derechos para que tu despido sea legal.
¿Hay derecho a paro con un despido procedente?
Dado que se trata de un despido totalmente legal, si el trabajador cuenta con los años mÃnimos de cotización exigidos tiene derecho al paro.
Para poder acceder al paro el trabajador tiene que haber cotizado al menos un año, y estar inscrito como demandante de empleo.
¿Existe derecho a indemnización si te despiden tras un ERTE?
Si te encuentras en una situación de ERTE, y cuando concluye te despiden formalmente, tendrás derecho a indemnización siempre que no haya sido por causa disciplinaria.
¿Se puede reclamar un despido procedente?
SÃ, se puede reclamar un despido procedente. Para ello, será necesario recurrir a la carta de despido para comprobar si las causas del despido son objetivas.
Iremos actualizando con más preguntas que nos hagáis llegar.
Me despidieron alegando causas organizativas y de productividad.
Resuelto muy favorablemente
RAQUEL LOZANO 14/10/21 Opiniones Garón Abogados .
Tras 12 años en la empresa me despidieron alegando causas organizativas y de productividad. Ante la consulta con Luis Enrique me quedó claro que era el momento de lucharlo y no conformarme. Me apoyaron (Elena y el) en todo momento, me sentà protegida y escuchada en momentos de incertidumbre y caos como el que se vive. Me llevaron de la mano y respetaron mis tiempos y preocupaciones.
Se ha resuelto muy favorablemente y estoy satisfecha. 😉
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