聽problem谩tica fiscal de ser cotitular de cuenta bancaria especialmente es vista en procesos en los que pretende buscar f贸rmulas fiscales que puedan resultar m谩s beneficiosas.
Como nos parece una tem谩tica muy recurrida en consultas con nuestros abogados especialistas en herencias y donaciones vamos a tratar de dar luz a las principales cuestiones que giran en torno a esta situaci贸n.
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Cuestiones previas a los aspectos fiscales por ser cotitular de cuenta bancaria.
Podr铆amos decir que la manera en la que afecta una herencia a ser cotitular es en la parte del saldo bancario que tiene que ser llevado al inventario.
El principal problema que puede presentarse es la determinaci贸n de qu茅 cantidades correspond铆an al causante, y qu茅 cantidades correspond铆an al resto de cotitulares.
As铆 lo ha venido dictando la jurisprudencia dominante, las cuentas corrientes bancarias expresan siempre una disponibilidad de fondos a favor de los titulares de la misma contra el banco que los retiene.
Por otro lado, el que se pudiera considerarse una donaci贸n los movimientos que se puedan hacer de una cuenta de la que se es cotitular a una cuenta bancaria a titulo individual ser谩 una cuesti贸n de prueba.
La tributaci贸n si al fallecimiento de un padre/madre recibe el 50 por 100 del saldo de las cuentas corrientes comunes.
Debemos de partir de que la herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, y que no se extingan por la muerte.
Del mismo modo, los herederos suceden en todos sus derechos y obligaciones.
La Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones nos indica que estar谩 obligada al pago aquella persona que recibe los bienes.
Una de las principales dudas que se presentan tienen que ver con la facultad de disponer sobre cuentas bancarias solidarias o indistintas, de aquellas entre titularidad de disposici贸n y titularidad dominical.
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En la pr谩ctica bancaria, los art铆culos 1.137 y 1.138 del C贸digo Civil resuelven en el sentido de que si la cuenta figuraba mancomunadamente, en el que se establece:
芦S贸lo pod铆a disponerse con la firma de todos los titulares, no as铆 cuando se est谩 con el rito de la cuenta 芦indistinta o solidariamente禄, que ha de figurar expresamente, pues, entonces, cualquiera de ellos puede disponer de parte o del todo y hasta resolverla o extinguirla禄.
Se puede concluir que, en el supuesto de recibir el 50% de los saldos bancarios de una cuenta bancaria de la que es cotitular deber谩 tributar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), y en concreto, liquidar el modelo 650 de sucesiones por ser heredera.
Para el supuesto de herencia, en el que no se quiera el 100% del saldo de una cuenta bancaria de la que causante y cotitular manten铆an, para el caso de que la Agencia Tributaria iniciase un procedimiento de comprobaci贸n limitada, se deber谩 acreditar que esos fondos pertenecen en exclusiva a la persona que se lo atribuye.
驴Se puede considerar donaci贸n unificar saldos de la que se es cotitular de cuenta bancaria?
Para que se pueda considera una donaci贸n la doctrina establece que se tienen que dar los siguientes elementos:
1潞. El empobrecimiento del donante.
2潞. El enriquecimiento del donatario.
3潞. La intenci贸n de hacer una liberalidad (芦animus donandi禄).
4潞. La aceptaci贸n del donatario (芦animus accipiendi禄).
5潞. La observancia de las formalidades requeridas seg煤n la naturaleza de los bienes donados.
Cuando no resulte debidamente acreditada la titularidad, la Administraci贸n tributaria tendr谩 derecho a considerar como titular a quien figure como tal en un registro fiscal u otros de car谩cter p煤blico.
Si no concurren los requisitos se帽alados, no se producir谩 la donaci贸n ni, en consecuencia, el devengo del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Cabe indicar que el dep贸sito en una cuenta bancaria cuya titularidad es compartida no implicar谩 donaci贸n sin los requisitos expuestos.
Y ello, porque una cuenta bancaria supone un contrato de dep贸sito, en el cual la relaci贸n jur铆dica se produce entre el depositante, due帽o de lo depositado y el depositario (el banco).
La relaci贸n anterior no queda modificada por el hecho de que figuren m谩s titulares en dicha cuenta.
La cotitularidad implica simplemente la disponibilidad de fondos por parte de cualquiera de los titulares, pero no que todos ellos pasen a ser propietarios de los bienes depositados.
El hecho de que una cuenta bancaria est茅 abierta a nombre de uno o varios titulares no significa que los fondos constituyan un condominio, sino que la disposici贸n puede ser utilizada por cualquiera de ellos, mientras vivan.
驴Es una donaci贸n el hacer aportaciones como dinero de indemnizaciones, planes de pensiones, etc a una entidad de la que hay varios cotitulares?
En este apartado, de lo que se trata es de ver de manera conceptual si unas cantidades de dinero concretas las ha recibido un beneficiario determinado.
Al objeto de resolver la cuesti贸n, y al hilo de lo resuelto en los p谩rrafos anteriores, para el supuesto de hacer aportaciones a una cuenta com煤n, no significa que haya condominio, sino que los titulares de la cuenta podr谩n disponer de la liquidez que tenga la cuenta.
En caso de fallecimiento se podr谩 repartir aquellas cantidades o mejor dicho, adjudicar a los herederos en las cuant铆as que corresponda. El caso m谩s habitual, salvo prueba en contrario, ser谩 atribuir el 50% del saldo existente.
Los traspasos de cuentas en diferentes pa铆ses para hacer una donaci贸n de dinero.
Esta cuesti贸n es muy interesante y no en pocas ocasiones se nos ha planteado a la hora de hacer donaciones.
Todos conocemos que hacer una donaci贸n de dinero resulta m谩s beneficioso hacerlo en una comunidad aut贸noma que en otra.
Pues bien, en el caso de hacer una donaci贸n de un no residente, que cuente con cuentas en otro pa铆s, dependiendo de qu茅 cantidades puede suponer un problema, y todo ello por varios motivos:
(i).- Si eres residente en Espa帽a y tienes cuentas bancarias en el extranjero cuya media exceda de 50.000鈧 .
En ese caso tienes obligaci贸n de informar anualmente a Hacienda por medio del modelo 720.
(ii).-聽De no haberlo hecho y querer traspasarte esas cantidades, puede ocasionar problemas de prueba.
Hacer traspasos de una cuenta de la que eres titular (aunque est茅 en otro pa铆s) a una cuenta bancaria espa帽ola, no se considerar铆a donaci贸n.
Hay que tener cuidado con esas operativas ya que la Agencia Tributaria podr铆a considerar que se han realizado con 谩nimo de eludir la fiscalidad.
En ese caso podr铆an hacernos una liquidaci贸n, sin las ventajas fiscales oportunas e imponernos intereses de demora y la correspondiente sanci贸n.
Embargo de Hacienda a cuenta bancaria cotitularidad.
Si recibieses un embargo de la Agencia Tributaria sobre una cuenta bancaria mantienes en cotitularidad con otras personas, es importante que tengas en cuenta que se podr谩 embargar el saldo de la cuenta, pero 煤nicamente de la parte que te corresponda.
La manera de saber qu茅 parte de corresponde es seg煤n los t茅rminos del contrato.
En caso de no determinarse, la titularidad se dividir谩 entre tantos titulares conformen la cuenta.
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Como siempre, esta informaci贸n debe de ser puesta en contexto para conocer la manera en la que deber铆a de tributar cada operaci贸n.
Por este motivo, quedamos a tu disposici贸n para tener m谩s informaci贸n de tu caso y te invitamos a que puedas contactar con nuestros abogados para su mejor an谩lisis.
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